La propuesta de regular el «derecho al olvido digital» a nivel comunitario andino, liderada por la parlamentaria andina peruana Leslye Lazo, ha generado un intenso debate en el ámbito de la protección de datos y la privacidad en línea. El denominado “derecho al olvido” busca permitir a las personas controlar la información personal que aparece en buscadores y redes sociales. Esto plantea desafíos significativos para su implementación a nivel regional, especialmente considerando los antecedentes regulatorios en algunos países de la comunidad andina y la normativa europea sobre la materia.
Recientemente, los equipos de Niubox en Perú y Ecuador, participamos activamente en una mesa técnica organizada por el despacho de la parlamentaria Lazo. En este espacio de discusión, junto a expertos y académicos de la región, analizamos detalladamente el borrador del proyecto de norma que busca regular el derecho al olvido digital en los cuatro países andinos: Colombia, Ecuador, Bolivia y Perú.
Una preocupación central que ha surgido respecto a esta propuesta es la posible duplicidad con los marcos normativos existentes de protección de datos personales en cada país. La protección de los datos es fundamental en la era digital y cualquier nueva regulación debe ser cuidadosamente diseñada para no afectar negativamente otros derechos fundamentales, como la libertad de expresión y de información, garantizados constitucionalmente en nuestros países.
Es importante destacar que algunos países de la comunidad andina aún no cuentan con leyes específicas de protección de datos personales, como es el caso de Bolivia. Por otro lado, países como Perú y Colombia ya tienen un marco normativo establecido en este ámbito, mientras que Ecuador se encuentra estrenando el mismo. Estos contextos diversos dentro de la región deben ser considerados al discutir la implementación de una regulación regional sobre el derecho al olvido digital.
La norma propuesta tiene buenas intenciones al buscar proteger los derechos a la intimidad, imagen y honor de las personas, especialmente frente a la difusión de sus datos personales en medios digitales. Sin embargo, es fundamental cuestionar si se ha realizado un adecuado análisis de impacto regulatorio (AIR) que evalúe los posibles efectos y consecuencias de esta regulación.
El borrador del proyecto de norma plantea varias preocupaciones concretas que deben ser abordadas antes de su aprobación:
- Superposición normativa en protección de datos personales: Es esencial evitar que la regulación del derecho al olvido digital genere una carga regulatoria adicional para Estados, empresas y ciudadanos, especialmente si ya existen marcos normativos sólidos en materia de protección de datos personales. El proyecto de norma reproduce fragmentos casi textuales de contenidos ya desarrollados en leyes de protección de datos personales de la región.
- Impacto en libertades informativas y de expresión: Cualquier regulación en este sentido debe encontrar un equilibrio delicado entre el derecho a la privacidad y el derecho a la información y la libertad de expresión. Un enfoque demasiado restrictivo y absoluto, como el que se desprende de la definición de “derecho al olvido” propuesta, tendrá consecuencias negativas en el acceso a la información veraz y relevante como lo revela la experiencia europea.
- Diferenciación de derechos involucrados: La diferenciación de los derechos fundamentales involucrados es clave para comprender la complejidad del proyecto normativo. Éste propone un derecho al olvido absoluto que abarca distintos derechos fundamentales, cada uno con protecciones constitucionales diferenciadas. Entre estos derechos se encuentran la intimidad, la imagen y el honor de las personas, así como la protección de sus datos personales.
- Existencia de mecanismos legales preexistentes: Los países de la región andina ya contemplan mecanismos penales y administrativos que permiten a las personas oponerse al tratamiento de sus datos personales. Por ejemplo, en el caso peruano, se sanciona penalmente la difusión de material sexual sin autorización con penas que van desde dos a cinco años de prisión y multas. Es necesario revisar la existencia de mecanismos preexistentes que ya permiten atender los objetivos perseguidos por la norma propuesta, de lo contrario corremos el riesgo de generar una redundancia regulatoria innecesaria e inconsistente con el ordenamiento jurídico en su conjunto.
- Garantías judiciales: Como hemos señalado, las iniciativas sobre derecho al olvido suelen colisionar con otros derechos fundamentales. En ese sentido, es importante que ante cualquier restricción de derechos, sea un juez quien evalúe -caso por caso- si procede o no la petición. Para ello, existen mecanismos como los test de ponderación de derechos, para analizar si la satisfacción de uno de los derechos, será proporcional a la afectación al derecho contrapuesto.
En conclusión, la discusión en torno al derecho al olvido digital en la región andina es compleja y requiere un enfoque cuidadoso y equilibrado. Si bien es importante garantizar la protección de los derechos fundamentales de las personas en el entorno digital, también es crucial no limitar la libertad de expresión y el libre flujo de la información.
Antes de implementar cualquier regulación, es necesario realizar un análisis exhaustivo de sus posibles impactos y consecuencias, considerando los marcos normativos existentes, los mecanismos legales preexistentes y las experiencias regulatorias en otras regiones del mundo, como la Unión Europea.
En este sentido, es fundamental la participación amplia y activa de todos los actores involucrados, incluyendo la sociedad civil, la academia, la industria y los organismos reguladores, para garantizar que cualquier normativa que se adopte sea efectiva, equitativa y respetuosa de los derechos y libertades de todas las personas en el entorno digital de andino.
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